Cárcel por las terapias de conversión LGTBI
Reforma del Código Penal que convierte en delito aplicar a una persona, aunque consienta, métodos psicológicos, físicos o con fármacos para cambiar, reprimir o eliminar su orientación sexual o su identidad o expresión de género, cuando dañan su salud o su integridad moral.
Grupo Socialista Votada el 25 de junio de 2026
La pregunta
¿Apoyas castigar con cárcel las terapias de conversión LGTBI?
Prácticas que intentan cambiar la orientación sexual o la identidad de género de una persona. Hoy se castigan con multas; pasarían a ser delito, con 6 meses a 2 años de prisión.
Qué pasó
Aprobada por el Congreso el 25 de junio de 2026 y enviada al Senado. No consta su publicación en el BOE.
Cómo votó cada grupo
- PP
- PSOE
- VOX
- Sumar
- ERC
- Junts
- EH Bildu
- PNV
- Mixto
Explicación
Qué establece
Penas de 6 meses a 2 años de cárcel y multa de 8 a 24 meses para quien aplique estas prácticas, aunque la persona consienta, si afectan a su salud física o mental o dañan gravemente su integridad moral.
La misma pena para padres o tutores que sometan a ellas a un menor o a una persona con discapacidad que necesite especial protección, e inhabilitación de hasta 5 años para trabajar con menores.
Las entidades que las promuevan solo pierden las subvenciones si hay sentencia firme.
Qué hay hoy
Desde 2023 están prohibidas por ley y se castigan como infracción administrativa muy grave, con multas de hasta 150.000 euros. No son delito.
Datos y evolución
- 6 meses–2 añosPena de cárcel que fija la reforma
- 150.000 €Multa máxima actual (infracción administrativa)
- 178–32Votación final en el Congreso (138 abstenciones)
Fuentes y alcance
Fuentes: Congreso, datos abiertos
Cronología
La ley de igualdad de las personas trans y LGTBI prohíbe las terapias de conversión y las sanciona con multas. Ley 4/2023, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI
El Congreso acepta tramitar la reforma del Código Penal (311–33).
El Congreso la aprueba (178–32, con 138 abstenciones) y la envía al Senado. Diario de Sesiones del Congreso, 25 de junio de 2026
La votación
Votación final (de conjunto). Votación definitiva del texto completo en el Congreso. Las leyes orgánicas necesitan mayoría absoluta (176 votos a favor) en esta votación. Después pasa al Senado.
El 25 de junio de 2026 el Congreso aprobó la ley por 178 votos a favor (PSOE, Sumar, ERC, Junts, EH Bildu, PNV y 7 diputados del Grupo Mixto), 32 en contra (VOX) y 138 abstenciones (PP y un diputado del Grupo Mixto).
Un año antes, en junio de 2025, el PP sí votó a favor de empezar a tramitarla (311 a favor y 33 en contra, de VOX).
La línea marca la mayoría absoluta (176 de 350). Una votación ordinaria se gana con más síes que noes; las leyes orgánicas necesitan 176 síes en la votación final.
Voto por grupo
- Sí
- No
- Abstención
- No vota / ausente
Texto oficial de la votación
Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para penalizar las terapias de conversión dirigidas a eliminar o negar la orientación sexual, identidad sexual o expresión de género.
Votación de conjunto. Votación de conjunto de la Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para penalizar las terapias de conversión dirigidas a eliminar o negar la orientación sexual, identidad sexual o expresión de género, por tener la misma carácter orgánico.
Sesión 191, votación 22 · 25 de junio de 2026
El debate
A favor Quienes la apoyan argumentan
Estas prácticas causan daños graves: ansiedad, depresión e ideas suicidas.
Las asociaciones médicas y psicológicas y el experto independiente de la ONU sobre orientación sexual (2020) concluyen que no funcionan y causan daño.
Las multas no bastan contra prácticas que se hacen a escondidas y casi nunca se denuncian.
Es una valoración. No hay datos públicos de cuántas multas se han puesto desde 2023.
En contra Quienes la rechazan argumentan
Ya están prohibidas y multadas; la cárcel debería ser el último recurso.
Es cierto que la ley de 2023 ya las sanciona. La reforma limita el delito a los casos en que hay daño a la salud o a la integridad moral.
Una definición poco precisa podría alcanzar a terapeutas, religiosos o padres que acompañan las dudas de un menor sobre su identidad.
El delito exige actos destinados a cambiar o reprimir la orientación o la identidad y que causen daño; dónde está el límite lo decidirán los tribunales.
